ASEMIL
El tema de la reelección presidencial ha sido polémico, controvertido, ha encontrado amigos y enemigos, pero lo mas importante es que todos se han centrado en el análisis de la Reforma Política, para señalar sus implicaciones, los abusos que se pueden cometer y la flagrante violación a la norma de normas, la Constitución Política de Colombia.

Hoy existen más de 40 demandas contra el acto legislativo Nº 02 de 2004 “por el cual se reforman algunos artículos de la CPC y se dictan otras disposiciones” , todas ellas coinciden en que hay vicios de forma y de fondo en la discusión y aprobación de esta Ley y que básicamente consisten en:

1. Con la modificación del artículo 197 de la Constitución Política en donde antes se consagraba la prohibición absoluta de reelección, ahora significa que el presidente puede ser elegido por más de dos periodos y no hay claridad si en un solo acto de elección o en varios, con esta medida se establece la dictadura en Colombia dentro del régimen presidencial, pues una sola persona puede ser elegida presidente de la república tantas veces quiera, en forma sucesiva, ilimitada e indefinida.

2. El principio democrático plasmado en la Constitución de 1991 (Art 197), se elimina al autorizarse la elección sucesiva, ilimitada e indefinida porque se traslada la soberanía del pueblo a un simple representante de él, lo que limita de manera grave la democracia participativa y pluralista, acaba con la participación de los partidos políticos en igualdad de condiciones, se eliminó la supremacía de la constitución por la supremacía del presidente, se deterioran los derechos de los ciudadanos de elegir y ser elegidos y el derecho al voto, se eliminó la colaboración
armónica entre los organos del estado al jerarquizar al presidente por encima de la rama legislativa y judicial.

3. El acto legislativo aprobado da un golpe de estado al estado social de derecho porque no pueden coexistir a la vez la dictadura presidencial y el estado social de derecho, el uno no permite la existencia del otro.


 

   
     
Septiembre 2005